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​Claves para reducir los residuos y avanzar hacia una economía circular

Por Fernando González López | Director técnico ENS-GES | Jesús Rubio Flamarique | Gerente técnico ENS-GES | Fernando Herrera | Business Unit Manager (Enviromental Service) | TÜV SÜD (Medio Ambiente Industrial)
Suelos contaminados
Con esta ley se ha establecido un nuevo régimen sancionador que ha ampliado el catálogo de infracciones graves y muy graves (desde los 20.000 hasta los 3.500.000 euros).
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Actualmente, alrededor del 79% de las personas que se encuentran en situación de extrema pobreza vive en áreas rurales y dependen de los recursos naturales para subsistir, principalmente de la agricultura. La contaminación del suelo reduce el rendimiento y la calidad de las cosechas, lo que provoca una reducción de los ingresos de las poblaciones rurales y aumenta la carga de contaminantes.


Cata suelos contaminados


Por otro lado, aunque las últimas dos décadas han sido testigo de una fuerte consolidación de la cultura de minimización y valorización de residuos en los ámbitos rural, industrial y doméstico, la evolución de los hábitos de consumo y distribución, y de los propios procesos industriales y productivos, hace necesario, más que nunca, reforzar dichos valores e incrementar sus objetivos de implantación y prevención.


Por todo ello, el 9 de abril se aprobó la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que salió adelante tras un dilatado debate en consulta pública entre los distintos afectados, desde entidades locales hasta productores, gestores y grupos ecologistas, entre otros.


A partir de ahora, el Gobierno aprobará, actualizará y publicará una lista de actividades potencialmente contaminantes de los suelos

Con esta nueva normativa se pretende reducir al mínimo los efectos negativos de la generación y gestión de los residuos en la salud humana y el medio ambiente, así como, en aras de una economía circular, se buscar hacer un uso eficiente de los recursos, contribuyendo además a la lucha contra el cambio climático y la contaminación marina. 


La Ley incorpora al ordenamiento jurídico la directiva aprobada en 2018, con las modificaciones que esta introduce en la Directiva Marco de Residuos. 


De esta manera, se fortalece la prevención de residuos incluyendo medidas para contribuir a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relativos al desperdicio alimentario y a las basuras marinas, se incrementan a medio y largo plazo los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado de los residuos municipales y se establece la obligatoriedad de nuevas recogidas separadas, entre otros, para los biorresiduos, los residuos textiles y los residuos domésticos peligrosos.


Excavacion suelos contaminados




Novedades en la gestión de los suelos contaminados

Aunque se mantiene con carácter general el régimen jurídico preexistente, se han incorporado algunas novedades como que, a partir de ahora, el Gobierno aprobará, actualizará y publicará una lista de actividades potencialmente contaminantes de los suelos. Los titulares de estas actividades deberán remitir periódicamente a su comunidad autónoma informes con información relevante para la declaración de suelos contaminados. 


Todo ello, con el objetivo de reducir sustancialmente el número de muertes y enfermedades producidas por productos químicos peligrosos y la contaminación en el aire, agua y suelos de cara a 2030.


Residuos (2)


En este sentido, se obliga a las personas tanto físicas como jurídicas que sean propietarias de fincas a declarar si se ha hecho algún tipo de actividad, o no, potencialmente contaminante del suelo. También se desarrolla el régimen de recuperación voluntaria de suelos. De esta manera se prevé un plazo de un máximo de diez meses para la aprobación de los proyectos de recuperación voluntaria. También se establece un plazo máximo de tres meses para iniciar la ejecución de proyectos de recuperación desde el momento de su aprobación.


Queda prohibida la introducción en el mercado de bastoncillos, cubiertos, platos, pajitas, vasos y recipientes para bebidas hechos de poliestireno expandido

Por último, se inicia la creación del Inventario Nacional de Descontaminaciones Voluntarias de Suelos Contaminados y se enviará al Colegio Oficial de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de bienes inmuebles de España la información del Inventario estatal para que pueda incluirse como información asociada tanto en Geoportal Registradores como en la publicidad registral y en las notas de calificación y despacho de documentos. 


Con esta ley se ha establecido un nuevo régimen sancionador por incumplimiento que ha ampliado y tipificado el catálogo de infracciones graves y muy graves, que van desde los 20.000 hasta los 3.500.000 euros.


A partir de ahora, los niveles de limpieza serán definidos mediante una valoración de riesgos o hasta alcanzar unos niveles establecidos por cada comunidad autónoma. A los responsables de la descontaminación y/o recuperación se les exigirán niveles de limpieza asociados al uso de cada suelo existente en el momento que se produjo la contaminación y, en el supuesto caso de un cambio en el que el uso del suelo exija normas más restrictivas de la calidad del suelo, será el promotor nuevo quien adopte esas medidas adicionales de descontaminación y/o recuperación.


Envases, plásticos y residuos urbanos, en el punto de mira

La normativa hace hincapié en la reducción de envases, fomentando el uso de fuentes de agua potable y de envases reutilizables, especialmente en el sector de la hostelería y restauración. Por su parte, las administraciones públicas fomentarán el consumo de agua potable no embotellada en sus dependencias y otros espacios públicos mediante el uso de fuentes en condiciones que garanticen la higiene y la seguridad alimentaria.


Como gran actor en nuestra sociedad se hace importante mención a los plásticos, estableciendo las bases para una nueva economía del plástico en la que el diseño y la producción de plásticos y los productos de plástico respeten las necesidades de reutilización, reparación y reciclado, así como el desarrollo y la promoción de materiales más sostenibles. Es la primera vez que una ley estatal en materia de residuos dedica un título entero a esta fracción de residuo (Título V).


Centrándonos únicamente en aspectos asociados a los residuos urbanos, comprendiendo como tal los residuos domésticos y aquellos residuos comerciales o industriales similares a los anteriores que sean de competencia municipal, recogidos mediante contenedores urbanos, puntos limpios u otros sistemas de recogida municipal e incluyendo también los residuos de la limpieza viaria y los residuos biodegradables de la limpieza de parques y jardines, se pueden fijar unos objetivos y, con el fin de alcanzarlos, se establece un calendario basado en la reducción en peso de los residuos generados


Así, en 2025 se reduciría un 13 % respecto a los generados en 2010 y en 2030 se alcanzaría un descenso del 15 % respecto a 2010.


Residuos (4)


Por una parte, queda prohibida la destrucción o su eliminación mediante depósito en vertedero de excedentes no vendidos de productos no perecederos tales como textiles, juguetes o aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa o por protección del consumidor y seguridad.


Con el fin de promover la prevención de envases de un solo uso, a más tardar el 1 de enero de 2023, los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados destinarán al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.


A partir del 3 de julio de 2024 solo se podrán comercializar productos de plástico de un solo uso cuyas tapas permanezcan unidos al recipiente

Quienes comercialicen en España equipos eléctricos o electrónicos informarán al consumidor sobre la posibilidad de reparar dichos productos. A tales efectos, reglamentariamente se regulará un índice de reparabilidad para equipos eléctricos y electrónicos, así como las obligaciones de información al consumidor acerca del mismo.


Residuos alimentarios y cómo revalorizarlos

Las empresas de producción primaria, las industrias alimentarias y las empresas de distribución y de restauración colectiva deberán priorizar la reducción de residuos alimentarios por este orden.


Primero, la donación de alimentos y otros tipos de redistribución para consumo humano. Después, primará la transformación de los productos que no se han vendido, pero que siguen siendo aptos para el consumo. En tercer lugar, se destinarán a la alimentación animal y la fabricación de piensos, así como a su uso como subproductos en otra industria. 


Residuos (3)


Y, por último, ya como residuos, deberán focalizarse en el reciclado y, en particular, en la obtención de compost y digerido de máxima calidad para su uso en los suelos con el objetivo de producir un beneficio a los mismos, y, cuando no sea posible lo anterior, a la obtención de combustibles.


Con el fin de favorecer la valorización de los diferentes residuos domésticos de las entidades locales se establecerá la recogida separada de, al menos, las siguientes fracciones de residuos de competencia local: el papel, los metales, el plástico y el vidrio, los biorresiduos de origen doméstico antes del 30 de junio de 2022 para las entidades locales con población de derecho superior a cinco mil habitantes. Y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto.


Se entenderá también como recogida separada de biorresiduos la separación y reciclado en origen mediante compostaje doméstico o comunitario, los residuos textiles antes del 31 de diciembre de 2024, los aceites de cocina usados antes del 31 de diciembre de 2024, los residuos domésticos peligrosos antes del 31 de diciembre de 2024, para garantizar que no contaminen otros flujos de residuos de competencia local, los residuos voluminosos (residuos de muebles y enseres) antes del 31 de diciembre de 2024, y otras fracciones de residuos determinadas reglamentariamente.


Residuos de construcción y demolición

Desde el pasado 1 de julio de 2022, los residuos de construcción y demolición no peligrosos deberán ser segregados en origen en, al menos, las siguientes fracciones: madera, fracciones de minerales (hormigón, ladrillos, azulejos, cerámica y piedra), metales, vidrio, plástico y yeso.

El objetivo es reducir sustancialmente el número de muertes y enfermedades por contaminación en el aire, agua y suelos de cara a 2030 


Asimismo, se clasificarán aquellos elementos susceptibles de ser reutilizados tales como tejas, sanitarios o elementos estructurales preferentemente en el lugar de generación de los residuos y sin perjuicio del resto de residuos que ya tienen establecida una recogida separada obligatoria. 


El objetivo de estas medidas es, de nuevo, favorecer la gestión y valorización de las distintas fracciones y materiales que se generan en operaciones de construcción y demolición, que tienen unas tasas de actividad y, por lo tanto, también de generación de residuos tan elevadas en nuestro tejido económico.


Además, esta nueva ley afecta a las obras de urbanización o construcción con potencial presencia de suelos contaminados, lo que implica que el promotor, antes de iniciar una obra, deberá conseguir un certificado del Registro de la Propiedad que acredite el sometimiento de las actuaciones en suelos declarados como contaminados. 


En estos casos, se establece un periodo de tres años máximo para la ejecución de las tareas de recuperación de los suelos contaminados. Por otro lado, también estará la posibilidad de acometer directamente actuaciones urgentes de descontaminación de un suelo sin un acto administrativo previo.


Residuos plásticos

Entre las propuestas para la reducción de la generación de residuos plásticos destacan las siguientes acciones. Por ejemplo, queda prohibida la introducción en el mercado de los siguientes productos de un uso: bastoncillos de algodón, cubiertos, platos, pajitas, agitadores de bebidas, vasos y recipientes para bebidas hechos de poliestireno expandido incluidas tapas y tapones.


Se estima que la gestión de los residuos se convierta en una fuente de trabajo importante en los próximos años

A partir de 1 de enero de 2025, solo podrán introducirse en el mercado "botellas PET" que contengan al menos un 25% de plástico reciclado y a partir del 3 de julio de 2024 solo se podrán introducir en el mercado los productos de plástico de un solo uso cuyas tapas y tapones permanezcan unidos al recipiente durante la fase de utilización.


Además, se recoge una reducción de la comercialización de determinados productos de plástico de un solo uso como vasos para bebidas y recipientes para alimentos.


Así, en 2026 se ha de conseguir una reducción del 50 % en peso, con respecto a 2022 o en 2030, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a este año.


Algunos tipos de bandejas de plástico (que sean envases) y productos monodosis de plástico (como anillas de plástico que permiten agrupar varios envases individuales y palos de plástico usados en el sector alimentario como soportes de productos –palos de caramelos, de helados y de otros productos–, todos ellos fabricados con plástico no compostable), deberán sustituirse preferentemente por alternativas reutilizables y de otros materiales tales como plástico compostable, madera, papel o cartón, entre otros.


Desde el pasado
1 de julio de 2022, los residuos de construcción y demolición no peligrosos deberán ser segregados en origen

Cada uno de nosotros, como individuos de la sociedad de la que formamos parte, debemos colaborar en la consecución de los objetivos que desarrolla la nueva Ley.


Reducir el cambio climático y alcanzar una economía circular y sostenible está en nuestras manos. Se estima que la gestión de los residuos se convierta en una fuente de trabajo importante en los próximos años.


Para ello y para conseguir los objetivos anteriormente descritos debemos implicarnos en la política de las ‘R’: reducir, recuperar, reciclar, reparar y rediseñar.



Artículo elaborado por Por Fernando González López | Director técnico ENS-GES | Jesús Rubio Flamarique | Gerente técnico ENS-GES | TÜV SÜD (Medio Ambiente Industrial).


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